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jueves, 20 de junio de 2013

Nota sobre el inicio de las comprobaciones de la Administración Tributaria por los alquileres no declarados.


Apreciados compañeros/as

Tal como nos manifestaron los representantes de la Agencia Tributaria en las reunions del Foro Tributario de Profesionales a las que asistía y luego plasmado en el Plan de Control Tributario del año 2013, la Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Cataluña, a través de las respectivas Administraciones de Hacienda, han iniciado los requerimientos de comprobación a todos aquellos contribuyentes, que tras cruzar los datos que obran en poder de la Administración, resulta que no han declarado los rendimientos por el arrendamiento de bienes inmuebles.

Estos requerimientos son de momento referidos al ejercicio 2008, cuyo plazo de prescripción es este junio y por ello se pretende evitar la prescripción del mismo.

Recordar que la Administración Tributaria tiene muchos canales de información para localitzar dichos inmuebles alquilados (cruce de referencias catastrales entre las declaraciones de renta del propietario y el inquilino, información sobre el consumo de energia eléctrica, etc.).

Por ello es conveniente que asesoreis a aquellos de vuestros clientes que puedan encontrarse en este situación para estudiar eventuales regularizaciones.

Recordar que si un alquiler no declarado es descubierto por la Administración  Tributaria, el contribuyente no se podrá acoger a las reducciones en el rendimiento imputado (60 ó 100% según los casos), ya que dichas reducciones se aplican a los rendimientos declarados por el contribuyente.

Finalmente, estas comprobaciones las están realizando los Organos de Gestión Tributaria y por tanto son comprobaciones abreviadas.

Para más información contactar con josepmpanyos@yahoo.es


Fdo José M Paños Pascual

Abogado/gestor administrativo

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